Visto: el Precio de Referencia, de carácter definitivo fijado por la
resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 17 de diciembre de
1986, para el producto anhídrido ftálico.
Considerando: conveniente mantener el mismo nivel de precio por un nuevo
período de 6 meses, a partir del vencimiento del que fuera fijado en la
mencionada resolución.
Atento: a lo dispuesto por los decretos 5/983 de 5 de enero de 1983 y
141/984 de 10 de abril de 1984,
el Ministro de Economía y Finanzas
RESUELVE:
Fíjase por un período de 6 (seis) meses a partir del vencimiento del
Precio de Referencia establecido por la resolución de esta Secretaría de
Estado de 17 de diciembre de 1986, un Precio de Referencia, de carácter
definitivo de U$S 725.00 (setecientos veinticinco dólares de los Estados
Unidos de América) la tonelada CIF, para el producto anhídrido ftálico
(incluido en el ítem NADI 29.13.02.02).