FIJACION DE PRECIOS MINIMOS DE EXPORTACION. VINOS Y VERMUTS




Promulgación: 10/03/1988
Publicación: 07/06/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1988
  •    Página: 2
    Visto: el decreto del Poder Ejecutivo de 11 de noviembre de 1987.

    Resultando: el mismo fijó Precios Mínimos de Exportación, de carácter
provisional para la importación de determinados vinos y vermuts.

    Considerando: conveniente prorrogar dichos precios por un período de 2
(dos) meses.

    Atento: a lo dispuesto por los decreto 5/983 de 5 de enero de 1983 y
141/984 de 10 de abril de 1984 a lo informado por la Comisión creada por
el artículo 9 del primero de los citados decretos,

                    El Ministro de Economía y Finanzas

                          RESUELVE:

1

    Prorrógase por un período de 2 (dos) meses los Precios Mínimos de
Exportación, de carácter provisional, fijados por el decreto del Poder
Ejecutivo de 11 de noviembre de 1987 para la importación de determinados
vinos y vermuts.
Referencias al numeral

2

 Comuníquese, publíquese en 2 (dos) diarios de la Capital, etc

RICARDO ZERBINO CAVAJANI
Ayuda