FIJACION DE PRECIOS DE REFERENCIA A LA IMPORTACION. FRUTAS Y VERDURAS




Promulgación: 24/05/1988
Publicación: 28/06/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1988
  •    Página: 464
Visto: los Precios de Referencia de carácter definitivo fijados por el
numeral 2º de la resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 20
de mayo de 1987 y la resolución de dicha Secretaría de Estado de 29 de
diciembre de 1987, para determinadas frutas y verduras.

Considerando: conveniente fijar para algunos de dichos productos
Precios de Referencia definitivos a partir del vencimiento de los
actualmente vigentes.

Atento: a lo dispuesto por los decretos 5/983 de 5 de enero de 1983 y
141/984 de 10 de abril de 1984 y a lo informado por la Comisión Creada
por el artículo 9º del primero de los citados decretos,

                    El Ministro de Economía y Finanzas,

                                   RESUELVE:

1

     Fíjase por un período de 4 (cuatro) meses a partir del vencimientos
de los Precios de Referencia a que alude el Visto, los siguientes Precios
de Referencia de carácter definitivo, para los productos que se detallan:

-Papas (ítem 07.01.01.99)          U$S 0.18 el kg. CIF
-Boniatos (ítem 07.06.01.00)       U$S 0.18 el kg. CIF
-Zanahorias (ítem 07.01.87.15)     U$S 0.18 el kg. CIF
-Duraznos (ítem 08.07.01.07)       U$S 0.35 el kg. CIF
-Manzanas (ítem 08.06.01.00)
 Red Delicious                     U$S 0.55 el kg. CIF
 Las demás                         U$S 0.46 el kg. CIF
-Tomates (ítem 07.01.02.00)        U$S 0.41 el kg. CIF
-Morrones (ítem 07.01.89.13)
 Rojos                             U$S 0.80 el kg. CIF
 Verdes                            U$S 0.60 el kg. CIF

2

    Comuníquese, publíquese en 2 (dos) Diarios de la Capital, etc

RICARDO ZERBINO CAVAJANI
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