Visto: los Precios de Referencia de carácter definitivo fijados por el
numeral 2º de la resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 20
de mayo de 1987 y la resolución de dicha Secretaría de Estado de 29 de
diciembre de 1987, para determinadas frutas y verduras.
Considerando: conveniente fijar para algunos de dichos productos
Precios de Referencia definitivos a partir del vencimiento de los
actualmente vigentes.
Atento: a lo dispuesto por los decretos 5/983 de 5 de enero de 1983 y
141/984 de 10 de abril de 1984 y a lo informado por la Comisión Creada
por el artículo 9º del primero de los citados decretos,
El Ministro de Economía y Finanzas,
RESUELVE:
Fíjase por un período de 4 (cuatro) meses a partir del vencimientos
de los Precios de Referencia a que alude el Visto, los siguientes Precios
de Referencia de carácter definitivo, para los productos que se detallan:
-Papas (ítem 07.01.01.99) U$S 0.18 el kg. CIF
-Boniatos (ítem 07.06.01.00) U$S 0.18 el kg. CIF
-Zanahorias (ítem 07.01.87.15) U$S 0.18 el kg. CIF
-Duraznos (ítem 08.07.01.07) U$S 0.35 el kg. CIF
-Manzanas (ítem 08.06.01.00)
Red Delicious U$S 0.55 el kg. CIF
Las demás U$S 0.46 el kg. CIF
-Tomates (ítem 07.01.02.00) U$S 0.41 el kg. CIF
-Morrones (ítem 07.01.89.13)
Rojos U$S 0.80 el kg. CIF
Verdes U$S 0.60 el kg. CIF