Visto: el decreto 226/988 de 17 de marzo de 1988, que fijó Precios
Mínimos de Exportación, de carácter definitivo, para la importación de
polietileno en film y de bolsas de polietileno.
Considerando: conveniente fijar Precios Mínimos de Exportación, de
carácter provisional, para dichos productos a partir del vencimiento de
los precios a que alude el Visto.
Atento: a lo dispuesto por los decretos 5/983 de 5 de enero de 1983
y 141/984 de 10 de abril de 1984 y a lo informado por la Comisión Asesora
creada por el artículo 9º del primero de los citados decretos;
El Ministro de Economía y Finanzas
RESUELVE:
1
Fíjase por un período de tres meses a partir del vencimiento de
los Precios Mínimos de Exportación fijados por decreto 226/988 de 17 de
marzo de 1988, los siguientes Precios Mínimos de Exportación de carácter
provisional para los productos que se detallan:
- Polietileno en film (tubular o en hojas) con o sin impresión
termocontraíble o no, que no se introduzcan por los ítems NADI
39.02.04.01 y 39.02.04.99 U$S 1,70 el kg. CIF.
- Bolsas de polietileno con o sin impresión que se introduzcan por
el ítem NADI 39.07.03.99 U$S 1,70 el kg. CIF.
Los Precios Mínimos de Exportación fijados en esta resolución se
aplicarán incluso a los productos que se introduzcan en régimen de
admisión temporaria.