PRORROGA DE HABILITACIONES PARA LA ADMINISTRACION DE DEPOSITOS ADUANEROS PARTICULARES. SUSPENSION DE NUEVAS HABILITACIONES PARA LA ADMINISTRACION DE DEPOSITOS ADUANEROS




Promulgación: 28/12/2005
Publicación: 30/12/2005
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1719
VISTO: Las resoluciones del Ministerio de Economía y Finanzas que
prorrogaron hasta el 31 de diciembre de 2005 las habilitaciones de los
depósitos aduaneros y suspendieron hasta la misma fecha el otorgamiento
de nuevas habilitaciones.-

RESULTANDO: Que aún no ha culminado el proceso de revisión de la
normativa reglamentaria que regula el régimen de instalación y
funcionamiento de los depósitos aduaneros, así como el régimen aduanero
al que queda sometida la mercadería almacenada en los mismos.-

CONSIDERANDO: Necesario, en consecuencia, disponer una prórroga de las
habilitaciones a que alude el Visto, mientras culmina el referido proceso
de revisión.-

ATENTO: A lo dispuesto por el artículo 5º del decreto Nº 526/001, de 31
de diciembre de 2001, y lo informado por la Asesoría de Política
Comercial de esta Secretaría de Estado.-

                    EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                RESUELVE:

1

 Prorrogar hasta el 30 de junio de 2006 las habilitaciones de los
depósitos aduaneros vigentes al 31 de diciembre del 2005.-

2

 Disponer que hasta el 30 de junio de 2006 no se otorgarán nuevas
habilitaciones de depósitos aduaneros.

3

 Comuníquese, publíquese, etc.

DANILO ASTORI
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