VISTO: la Orden del Día N° 27/009 de la Dirección Nacional de Aduanas de
fecha 26 de marzo de 2009; las Resoluciones S/N del Ministerio de Economía
y Finanzas de fechas 5 de agosto de 2009 y de 8 de octubre de 2010.
RESULTANDO: I) que la Resolución S/N de fecha 5 de agosto de 2009 creó la
partida arancelaria 9504.90.90.99 a los efectos de facilitar la operativa
de lo dispuesto en la Orden del Día N° 27/009, advirtiéndole que la misma
no se adecuó a las indicaciones establecidas en la Nota 3 del Capítulo 95
de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM).
II) que en el Anexo II de la Resolución S/N de fecha 8 de octubre de 2010
se incurrió en un error al establecer la eliminación de un código
arancelario.
CONSIDERANDO: I) que resulta necesario facilitar el cumplimiento del
procedimiento establecido en la Orden del Día N° 27/009.
II) que se debe cumplir con los criterios de clasificación establecidos en
la NCM así como con las prácticas habituales para realizar aperturas
arancelarias.
III) que corresponde corregir el error detectado en el Anexo II de la
Resolución S/N de fecha 8 de octubre de 2010.
ATENTO: a lo expuesto.
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS
RESUELVE:
1
Incorporar a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a diez
dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la
Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 27 de diciembre de
2006, el contenido del Anexo que forma parte de la presente Resolución.
(*)