AUTORIZACION AL "LABORATORIO LIBRA S.A." LA IMPORTACION DE DETERMINADOS PRODUCTOS




Promulgación: 07/03/2013
Publicación: 21/03/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La gestión efectuada por el "Laboratorio Libra S.A.", en la que
solicita la reducción temporal de la Tasa Global Arancelaria aplicable a
la importación de 288 unidades del producto "Indursulfasa".

RESULTANDO: I) En virtud de que la situación planteada encuadra en la
hipótesis prevista en el artículo 2° inciso 1° de la Resolución GMC N°
08/08, Uruguay solicitó autorización a la Comisión de Comercio del
Mercosur para adoptar para el mencionado producto una medida específica de
carácter arancelario por razones de abastecimiento;

II) Que la referida Comisión de Comercio, mediante Directiva N° 26/12,
incorporada a nuestro ordenamiento jurídico interno por el Decreto 58/013
de 18 de febrero de 2013 publicado el 25 de febrero de 2013, autorizó una
rebaja arancelaria temporal y por una determinada cantidad para el
producto a que alude el Visto.

CONSIDERANDO: Que corresponde, en consecuencia, adoptar la medida
arancelaria autorizada .

ATENTO: A lo expuesto,

                    EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                RESUELVE:

1

 Autorizar a "Laboratorio Libra S.A." la importación de 288 unidades del
producto "Indursulfasa", clasificado en la NCM 3002.90.99.90, a una Tasa
Global Arancelaria de 0% (cero por ciento).

2

 La presente resolución regirá hasta el 25 de febrero de 2014.

3

 Comuníquese, publíquese, etc.

FERNANDO LORENZO
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