VISTO: lo dispuesto por el artículo 12° del Decreto N° 127/003 de fecha de
2 de abril de 2003, en la redacción dada por el art 2° del Decreto N°
417/012 de 7 de enero de 2013.
RESULTANDO: que el decreto referido habilita al Ministerio de Economía y
Finanzas a modificar la lista de bienes a ser comercializados en el
Régimen de Free Shop.
CONSIDERANDO: que resulta necesario incorporar en este listados las
modificaciones ocurridas en la posición de los "coches, sillas y vehículos
similares para el transporte de niños, y sus partes" que se clasificaba
por la posición NCM 8715.00.00.00.
ATENTO: lo precedentemente expuesto;
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVE:
Incorpórese a la lista de bienes que figuran como Anexo I del Decreto
417/012, los ítems:
NCM Descripción
8715.00.00.10 Coche para el transporte de niños, con Sistema de
Retención Infantil, que pueda ser utilizado en el
asiento de los vehículos automóviles.
8715.00.00.90 Los demás.
Elimínese de la lista de bienes que figuran como Anexo I del Decreto
417/012, el ítem:
NCM Descripción
8715.00.00.00 Coches, sillas y vehículos similares para el transporte
de niños, y sus partes.