VISTO: la Resolución de esta Secretaría de Estado de fecha 19 de diciembre de 2011.
RESULTANDO: I) la necesidad de realizar aperturas arancelarias en la nomenclatura nacional del producto aceite de oliva partida arancelaria 1509 a los efectos de identificar los tipos de aceite de oliva que ingresan al país para contar con datos más precisos de las estadísticas de comercio de este producto.
II) que es factible realizar dichas aperturas, realizando las modificaciones a la nomenclatura arancelaria de uso interno a diez dígitos y proceder a la adecuación de la misma.
CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, ajustar el Anexo de la Resolución de esta Secretaría de Estado de fecha 19 de diciembre de 2011.
ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVE:
Incorporar a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 19 de diciembre de 2011, el contenido del Anexo I (*) que se adjunta y forma parte de la presente Resolución.-