VISTO: la Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas S/N del 11 de diciembre de 2014, que incorpora a la Nomenclatura Común del MERCOSUR estructurada a diez dígitos, aprobada por la Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 19 de diciembre de 2006, las aperturas arancelarias del producto aceite de oliva clasificado en la partida arancelaria 1509. RESULTANDO: que las modificaciones introducidas por dicha Resolución inciden en el listado de bienes a ser comercializados bajo el régimen de Free Shops establecido por Decreto N° 417/012 de 26/12/2012. CONSIDERANDO: que resulta necesario adecuar los ítems arancelarios incluidos en el listado de bienes del Decreto referido en el Resultando. ATENTO: a lo precedentemente expuesto; EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVE:
Incorpórese a la lista de bienes que figuran como Anexo I del Decreto N° 417/012 de 26/12/2012, los ítems:
NCM |
Descripción |
1509.10.00.1 |
- Virgen extra |
1509.10.00.11 |
- - En envase con capacidad inferior o igual a 5 |
1509.10.00.19 |
- - Los demás |
1509.10.00.2 |
- Virgen |
1509.10.00.21 |
- - En envase con capacidad inferior o igual a 5 |
1509.10.00.29 |
- - Los demás |
1509.10.00.30 |
- - Lampante |
1509.90.10 |
- Refinado |
1509.90.10.10 |
- - En envase con capacidad inferior o igual a 5 |
1509.90.10.90 |
- - Los demás |
1509.90.90 |
- Los demás |
1509.90.90.10 |
- - En envase con capacidad inferior o igual a 5 |
1509.90.90.90 |
- - Los demás |
MARIO BERGARAAyuda