MODIFICACION DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR




Promulgación: 29/12/2014
Publicación: 07/01/2015
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 1419
   VISTO: la Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas S/N del 11 de diciembre de 2014, que incorpora a la Nomenclatura Común del MERCOSUR estructurada a diez dígitos, aprobada por la Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 19 de diciembre de 2006, las aperturas arancelarias del producto aceite de oliva clasificado en la partida arancelaria 1509.

   RESULTANDO: que las modificaciones introducidas por dicha Resolución inciden en el listado de bienes a ser comercializados bajo el régimen de Free Shops establecido por Decreto N° 417/012 de 26/12/2012.

   CONSIDERANDO: que resulta necesario adecuar los ítems arancelarios incluidos en el listado de bienes del Decreto referido en el Resultando.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                    EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                RESUELVE:

1

   Incorpórese a la lista de bienes que figuran como Anexo I del Decreto N° 417/012 de 26/12/2012, los ítems:

NCM
Descripción
1509.10.00.1
- Virgen extra
1509.10.00.11
- - En envase con capacidad inferior o igual a 5
1509.10.00.19
- - Los demás
1509.10.00.2
- Virgen
1509.10.00.21
- - En envase con capacidad inferior o igual a 5
1509.10.00.29
- - Los demás
1509.10.00.30
- - Lampante
1509.90.10
- Refinado
1509.90.10.10
- - En envase con capacidad inferior o igual a 5
1509.90.10.90
- - Los demás
1509.90.90
- Los demás
1509.90.90.10
- - En envase con capacidad inferior o igual a 5
1509.90.90.90
- - Los demás

   MARIO BERGARA
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