Sección: Ultimo Momento
Ver vigencia: Resolución MEF S/N de 18/05/2022 numeral 1.
VISTO: lo dispuesto por la Resolución Ministerial N° 81 de 24 de marzo de 2020, sus modificativas y concordantes. RESULTANDO: I) que la referida norma, en su artículo 5°, permite la actualización de bienes que serán alcanzados por lo dispuesto en la misma. II) que el Ministerio de Salud Pública ha solicitado la inclusión de 8 (ocho) ítems arancelarios al régimen establecido. III) que es necesario proceder con celeridad a la adecuación de la lista de bienes a los efectos de que se le apliquen los mismos procedimientos simplificados y eficientes que permitan el ingreso o egreso de forma ágil e inmediata. CONSIDERANDO: que resulta oportuno y conveniente acceder a lo solicitado por el Ministerio de Salud Pública. ATENTO: a lo precedentemente expuesto, LA MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVE:
Incorpóranse al listado de bienes dispuesto por Resolución Ministerial N° 81 de 24 de marzo de 2020, sus modificativas y concordantes, las mercaderías que se señalan a continuación:
NCM |
Descripción |
Observaciones |
3923.29.90.10 |
Bolsas mortuorias de plástico bio-resistentes |
|
3926.20.00.90 |
Protectores faciales de plástico |
incluidas las "mascarillas de protección facial de PVC con vincha" |
3926.90.90.99 |
Baja lenguas de plástico |
|
4015.19.00.90 |
Guantes de látex o de nitrilo |
|
4421.99.00.00 |
Baja lenguas de madera |
|
9004.90.20.00 |
Gafas (anteojos) de seguridad |
|
9004.90.90.00 |
Gafas (anteojos) protectoras |
|
9025.19.90.90 |
Termómetros infrarrojos y/o digitales |
Elimínase del listado de bienes dispuesto por Resolución Ministerial N° 81 de 24 de marzo de 2020, la mercadería que se señala a continuación:
NCM |
Descripción |
Observaciones |
9004.90.90.00 |
Lentes |
Comuníquese, publíquese y archívese.
AZUCENA ARBELECHEAyuda