DEJANSE SIN EFECTO LAS RESOLUCIONES MINISTERIALES QUE SE DETERMINAN, POR LAS CUALES SE ESTABLECEN PROCEDIMIENTOS ADUANEROS SIMPLIFICADOS, PARA EL INGRESO O EGRESO DE DETERMINADOS BIENES ANTE LA DECLARACION DE EMERGENCIA SANITARIA OCASIONADA POR LA PANDEMIA DEL COVID-19




Promulgación: 18/05/2022
Publicación: 24/05/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la Resolución Ministerial N° 81, de 24 de marzo de 2020, sus modificativas y concordantes, por las cuales se autorizó a la Dirección Nacional de Aduanas a establecer procedimientos aduaneros simplificados para el ingreso o egreso de determinados bienes, ante la declaración de emergencia sanitaria nacional ocasionada por la pandemia del COVID-19;

   RESULTANDO: I) que en virtud de la declaración de emergencia nacional sanitaria decretada por el Poder Ejecutivo por Decreto N° 93/020, de 13 de marzo de 2020, las Resoluciones referidas en el Visto autorizaron a la Dirección Nacional de Aduanas a establecer procedimientos aduaneros simplificados para el ingreso o egreso de determinados bienes al país, al amparo del régimen aduanero especial de envíos de asistencia y salvamento previsto en el artículo 145 de la Ley N° 19.276, de 25 de setiembre de 2014 (CAROU);

   II) que el referido régimen aduanero especial de envíos de asistencia y salvamento, permite la importación o exportación con carácter definitivo o temporal, sin el pago de tributos, de la mercadería destinada a la ayuda a poblaciones víctimas de una situación de emergencia o catástrofe;

   III) que diversas Resoluciones Ministeriales incorporaron y eliminaron distintas posiciones arancelarias del listado alcanzado por la Resolución Ministerial N° 81, de 24 de marzo de 2020;

   CONSIDERANDO: I) que ante el escenario nacional y regional de tendencia global descendente en la incidencia de casos COVID-19, tasa de internación y letalidad, por Decreto N° 106/022, de 5 de abril de 2022, el Poder Ejecutivo dejó sin efecto la declaración de emergencia sanitaria nacional declarada por el Decreto N° 93/020, de 13 de marzo de 2020;

   II) que se modificaron las circunstancias que motivaron el dictado de la Resolución Ministerial N° 81, de 24 de marzo de 2020, sus modificativas y concordantes, por lo que corresponde dejar sin efecto las referidas Resoluciones;

   ATENTO: a lo expuesto;

                    LA MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                RESUELVE:

1

   Déjase sin efecto las Resoluciones Ministeriales N° 81, de 24 de marzo de 2020; N° 116, de 14 de abril de 2020; N° 220, de 12 de mayo de 2020; N° 221, de 12 de mayo de 2020; N° 222, de 12 de mayo de 2020; N° 667, de 13 de julio de 2020; N° 529, de 12 de junio de 2020; N° 1946, de 22 de febrero de 2021; N° 3232, de 26 de julio de 2021 y N° 4917, de 29 de diciembre de 2021 y modificativas.

2

   Comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.

   AZUCENA ARBELECHE
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