INCORPORACION A LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR LOS ITEMS QUE SE DETERMINAN




Promulgación: 10/07/2026
Publicación: 21/07/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Decreto N° 110/026, de 29 de mayo de 2026, y la Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas N° 4889, de 27 de diciembre de 2021;

   RESULTANDO: I) que el referido Decreto introdujo modificaciones a la Lista Nacional de Excepciones al Arancel Externo Común (AEC) establecida por el literal a) del artículo 4° y el Anexo III del Decreto N° 430/021, de 20 de diciembre de 2021;

   II) que la Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas N° 4889, de 27 de diciembre de 2021, sustituyó la nomenclatura nacional de Uruguay estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario;

   III) que para la efectiva implementación aduanera de lo estipulado en la norma referida en el VISTO es conveniente realizar modificaciones en la nomenclatura nacional estructurada a diez dígitos y su correspondiente régimen arancelario;

   CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, ajustar el Anexo I de la Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas N° 4889, de 27 de diciembre de 2021, de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 110/026, de 29 de mayo de 2026;

   ATENTO: a lo expuesto;

                    EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                RESUELVE:

1

   Incorpórase a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas N° 4889, de 27 de diciembre de 2021, el contenido del Anexo que se adjunta    y forma parte de la presente Resolución.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Resolución MEF S/N de 
10/07/2026.

2

    Comuníquese a la Dirección Nacional de Aduanas a través de la casilla clasificación(a7acluanas.qub.uv.

 

3

   Publíquese y archívese.

   GABRIEL ODDONE
Ayuda