Fecha de Publicación: 05/09/2005
Página: 405-A
Carilla: 17

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

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 Las aves faenadas, con destino a plantas industrializadoras de productos
cárnicos, quedarán exceptuadas del sistema de identificación individual
de aves, pudiendo utilizar envases colectivos, cumpliendo con los
requisitos de rotulado dispuestos por la reglamentación vigente.
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