Resolución S/n
Téngase por renunciados a los productores que se determinan, a los
beneficios establecidos en las resoluciones ministeriales 307/05, sus
ampliatorias y modificativas.
(2.011)
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 25 de Octubre de 2007
VISTO: lo dispuesto por la ley Nº 17.844, de 21 de octubre de 2004, el
decreto Nº 453/04, de 23 de diciembre de 2004, y la resolución ministerial
Nº 307/05, de 28 de febrero de 2005, sus ampliatorias y modificativas;
RESULTANDO: I) a través de la referida ley y su decreto reglamentario se
definieron las condiciones por las cuales el Fondo de Reconstrucción y
Fomento de la Granja (FRFG), beneficia a los productores granjeros en su
perfil de endeudamiento;
II) por las mencionadas resoluciones ministeriales se estableció el
listado de productores que habiendo presentado los recaudos exigibles por
el marco legal resultaron beneficiarios del Fondo de Reconstrucción y
Fomento de la Granja (FRFG), de acuerdo a sus datos identificatorios y los
montos que corresponden a cada uno de ellos;
III) que en cumplimiento de las mencionadas resoluciones, la mayoría de
los productores incluidos en los listados se ha presentado en el Banco de
la República (BROU), han usufructuado el beneficio y cancelado total o
parcialmente su endeudamiento;
IV) que un cierto número de productores aún no ha utilizado el beneficio,
pero han concurrido a establecer su adhesión al sistema antes del 28 de
febrero del año en curso, cumpliendo con la resolución ministerial Nº
1.322/06, de fecha 11 de diciembre de 2006 y han logrado importantes
avances en la negociación de su situación al 30 de junio de 2007, de
acuerdo a lo establecido en la resolución ministerial nº 460/07, de 24 de
mayo de 2007;
V) no obstante, permanece cierto número de productores que, aunque están
amparados por los beneficios de la ley Nº 17.844, de 21 de octubre de 2004
y del decreto Nº 453/04, de 23 de diciembre de 2004 y por lo tanto están
incluidos en los listados que acompañan las precedentes resoluciones
ministeriales no se han presentado a hacer uso del beneficio, ni han
intentado acordar fórmulas de pago en los plazos establecidos en las
resoluciones ministeriales Nos. 1.322/06 y 460/07, a los efectos de
recibir el correspondiente beneficio;
CONSIDERANDO: I) que se ha cumplido una importante etapa de presentación
en tiempo y forma de gran parte de los productores beneficiarios del Fondo
de Reconstrucción y Fomento de la Granja;
II) que han establecido fechas límites con la suficiente y razonable
amplitud, para que los productores se presenten ante el BROU o el
Fideicomiso del Banco para acordar su propuesta de Plan de pago;
III) que es necesario como principio de buena administración dar por
finalizada esta etapa para aquellos productores que aún no lo han hecho,
dado que se ha configurado su negativa tácita o expresa a presentarse a
negociar sus deudas;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la Dirección
General de la Granja, la Oficina de Programación y Política Agropecuaria
(OPYPA) y el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU),
EL MINISTRO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
RESUELVE:
Tener por renunciados a los productores que lucen en el anexo adjunto,
que se considera parte integrante de esta resolución, a los beneficios
establecidos en las resoluciones ministeriales 307/205, de 28 de febrero
de 2005, sus ampliatorias y modificativas ya que éstos no se han
presentado ante el Banco de la República Oriental del Uruguay ni a la
Compañía Administradora de Recuperación de Activos - AFISA, en los plazos
establecidos en las resoluciones Nos. 1.322/06, de 11 de diciembre de 2006
y 460/07, de 24 de mayo de 2007; o han desistido del beneficio.
Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial, en la página Web
del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y en dos diarios de
circulación nacional.
JOSE MUJICA.
ANEXO
ID Nombre
965 ABREU PERRONE, Héctor Humberto
228 BARATTA DE MELLO, Álvaro Roque
1346 BARBOZA LEIVAS, Hugo Alberto
1092 BORGES TORRES, Juan Carlos
1355 CAMEJO GUTIERREZ, Graciela Lelis
497 DA CUNHA BARROS FERREIRA, Héctor
296 ESPINOSA PAITA, Artigas Raúl
1238 FURTADO STUMBO, Sergio Enry
1215 GARCIA TOBLER, Víctor Gerardo
1330 GOMEZ SOSA, Juan Carlos
598 LENCINA GONZALEZ, María Yanet
1185 MARIONE ADRIANO, Eduardo
546 MARTINO MAZZERA, William Daniel
1487 MOREIRA MARTINEZ, Gustavo Jesús
1174 PIEDRA DEL TORO S.R.L.
776 RODRIGUEZ ROLLA, Javier Ulpiano
1197 RODRIGUEZ, Itel Eugenio
609 SICCO GALLO, Héctor Antonio
993 STAGNARI MAGRINI, José Luis