Fecha de Publicación: 27/01/2017
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Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

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   Establécese el adelanto a recibir por los beneficiarios, en U$S 38,82 (dólares americanos treinta y ocho con 82/100) por tonelada, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 4° del decreto N° 366/2016 de 21 de noviembre de 2016.-
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