PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
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Por la División Administración General notifíquese a los funcionarios designados en el numeral 2° de la presente Resolución y dése cuenta al Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Industria, Energía y Minería, Intendencias Departamentales, Congreso de Intendentes, Laboratorio Tecnológico del Uruguay, Cooperativas Agrarias Federadas, Cámara Mercantil de Productos del País, Cámara de Industriás, Confederación Granjera, Mercado Modelo, Asociación de Supermercados del Uruguay, CAMBADU y a todas las Unidades Ejecutoras del Inciso.