Fecha de Publicación: 10/01/2022
Página: 5
Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

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   Cumplido, archívese.
   FERNANDO MATTOS COSTA.



                                  ANEXO

    Beneficiarios del Fondo Agropecuario de Emergencias a partir de la
                      declaración de diciembre 2021.

   Los beneficiarios son productores ganaderos, lecheros y/o apicultores que cumplan con los siguientes requisitos:
   Productores ganaderos y/o lecheros que:
1. Se encuentran dentro de la zona declarada en emergencia agropecuaria
   según seccional policial del DICOSE.
2. Se encuentran con un registro activo en el Registro de Productor
   Familiar o la superficie física total de su producción es hasta 500
   Hás. CONEAT 100.
3. Contar con una declaración jurada de DICOSE vigente.
4. Estar al día con sus obligaciones con el MGAP.

   Productores apícolas que:
1. Tienen apiarios declarados en zona declarada en Emergencia
   agropecuaria.
2. Contar con un registro vigente (al 30/09/2021) en el Registro Nacional
   de Propietarios de Colmenas (Declaración Jurada vigente).
3. Estar al día con sus obligaciones con el MGAP.
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