Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Ver vigencia: Resolución MGAP S/N de 02/08/2002 numeral 1.
VISTO: la gestión formulada por el Programa de Reconversión y Desarrollo
de la Granja (PREDEG);
RESULTANDO: I) en la gestión de referencia el referido Programa solicita
se apruebe la actualización de subsidios para plantaciones de frutales de
hoja caduca correspondiente al año 2002;
II) agrega que la actualización de costos fue realizada por el área
técnica del PREDEG, en consulta con los servicios técnicos frutícolas de
la Junta Nacional de la Granja;
CONSIDERANDO: conveniente proveer de conformidad con la solicitud
formulada por el PREDEG, aprobando sus propuestas de costos fictos y
subsidios estimados para plantaciones de frutales de hoja caduca por el
ejercicio 2002;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo preceptuado por el decreto
Nº 105/997, de fecha 2 de abril de 1997,
EL MINISTRO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
RESUELVE
Establécense, por el año 2002, los costos fictos de implantación de
frutales de hoja caduca, en el primer año de cultivo, para manzanas,
peras, duraznos y ciruelas, así como el subsidio a pagar por hectárea de
cultivo y hasta un límite máximo de 15 hectáreas nuevas implantadas por
empresa, de acuerdo a los cuadros anexos, que se consideran parte
integrante de esta resolución.
En el caso de densidades superiores a las máximas establecidas para cada
especie, los costos y subsidios se ajustarán a la cantidad de plantas
efectivamente utilizadas.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Resolución MGAP S/N de
19/07/2002.
Los pagos correspondientes se efectuarán en moneda nacional al tipo de
cambio interbancario vendedor (FONDO) al cierre del día anterior a la
fecha de pago, verificado el cumplimiento de todos los requisitos
técnicos y documentales establecidos en los Reglamentos Técnicos y
Reglamento Operativo del PREDEG, con cargo a recursos del Proyecto 947
"Programa de Reconversión y Desarrollo del Subsector Granjero".