VISTO: la gestión formulada por el Programa de Reconversión y Desarrollo
de la Granja (PREDEG);
RESULTANDO: I) en la gestión de referencia el referido Programa solicita
se apruebe la actualización de subsidios para plantaciones de frutales de
hoja caduca correspondiente al año 2002;
II) agrega que la actualización de costos fue realizada por el área
técnica del PREDEG, en consulta con los servicios técnicos frutícolas de
la Junta Nacional de la Granja;
CONSIDERANDO: conveniente proveer de conformidad con la solicitud
formulada por el PREDEG, aprobando sus propuestas de costos fictos y
subsidios estimados para plantaciones de frutales de hoja caduca por el
ejercicio 2002;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo preceptuado por el decreto
Nº 105/997, de fecha 2 de abril de 1997,
EL MINISTRO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
RESUELVE
Establécense, por el año 2002, los costos fictos de implantación de
frutales de hoja caduca, en el primer año de cultivo, para manzanas,
peras, duraznos y ciruelas, así como el subsidio a pagar por hectárea de cultivo y hasta un límite máximo de 15 hectáreas nuevas implantadas por
empresa, de acuerdo al cuadro anexo, que se considera parte integrante de
dicha resolución, los que se ajustarán desde el 1º. de agosto de 2002
hasta el momento del pago, de acuerdo a la variación operada en la Unidad
Indexada. En el caso de densidades superiores a las máximas establecidas
para cada especie, los costos y subsidios se ajustarán a la cantidad de
plantas efectivamente utilizadas. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución MGAP S/N de 26/11/2002 numeral 1.
TEXTO ORIGINAL: Resolución MGAP S/N de 17/09/2002 numeral 1.
Fíjanse, a partir del 1º. de agosto de 2002 en $ 19.860, el costo de
arranquío, por hectárea erradicada, el que se ajustará, al momento del
pago de acuerdo a la variación operada en la Unidad Indexada. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución MGAP S/N de 26/11/2002 numeral 2.
TEXTO ORIGINAL: Resolución MGAP S/N de 17/09/2002 numeral 2.
Los pagos correspondientes se efectuarán, verificado el cumplimiento de
todos los requisitos técnicos y documentales establecidos en los
Reglamentos Técnicos y Reglamento Operativo del PREDEG, con cargo a
recursos del Proyecto 947 "Programa de Reconversión y Desarrollo del
Subsector Granjero".