Exceptúase de lo dispuesto en las resoluciones mencionadas en el numeral que antecede, y en consecuencia la Dirección Nacional de Recursos
Acuáticos podrá recepcionar y aprobar, los proyectos tendientes a la
obtención de permisos de pesca Categoría "C" (Art. 16º del decreto No.
149/997, de 7 de mayo de 1997) destinados a la captura de especies cuyas
pesquerías se encuentran abiertas, mediante la utilización de artes de
pesca selectivas y específicas de acuerdo con lo establecido por la
normativa vigente.