Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
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Los beneficiarios para acceder a los adelantos deberán suscribir el
Compromiso de Pago establecido en el artículo 5º del decreto Nº 64/006,
de 3 de marzo del 2006. Esta firma se hará en los locales del Banco de la
República Oriental del Uruguay (BROU), que la Institución decida.