SE FIJA ULTIMO PLAZO PARA QUE LOS PRODUCTORES BENEFICIARIOS DEL FONDO DE
RECONSTRUCCION Y FOMENTO DE LA GRANJA ACUERDEN SU CORRESPONDIENTE PLAN DE PAGOS ANTE EL B.R.O.U o AFISA
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
2
Aquellos productores que al 30 de junio de 2007 no hayan acordado su
Plan de pago ante el Banco de la República Oriental del Uruguay o con la
Compañía Administradora de Recuperación de Activos AFISA, podrán perder
definitivamente el beneficio asignado por la resolución ministerial Nº
307/005, de 28 de febrero de 2005, sus ampliatorias y modificativas.