VISTO: el decreto del Poder Ejecutivo Nº 24/998, de 28 de enero de 1998,
dictado al amparo de lo establecido en los artículos 707 y siguientes de
la ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996 y su decreto reglamentario Nº
186/996, de 16 de mayo de 1996;
RESULTANDO: I) el citado decreto aprueba la estructura organizativa de la
Unidad Ejecutora 005 "Dirección General de Servicios Ganaderos" de este
Ministerio;
II) dentro de la estructura de puestos de trabajo se crean hasta 2
funciones de Alta Especialización en la Dirección General, con un perfil
de nivel terciario;
III) la Dirección General de Servicios Ganaderos pretende proveer un
puesto de trabajo por lo que corresponde realizar y publicar la
descripción de las funciones según lo establecido en el artículo 718 de la
ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996;
IV) la Dirección General de Servicios Ganaderos requiere para el
cumplimiento de sus cometidos de un Director del Departamento de Control
Sanitario de Lácteos;
CONSIDERANDO: pertinente efectuar la publicación según lo establecido en
el artículo 718 de la ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el artículo 707
y siguientes de la ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, decreto
reglamentario Nº 186/996, de 16 de mayo de 1996, decreto reglamentario Nº
303/996, de 31 de julio de 1996 y decreto Nº 24/998, de 28 de enero de
1998;
EL MINISTRO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
RESUELVE:
Establécese que la descripción de la función de alta Especialización de
Director del Departamento Control Sanitario de Lácteos en la Unidad
Ejecutora 005, Dirección General de Servicios Ganaderos, del Inciso 7
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, es la siguiente:
A) Descripción de la función de alta Especialización: Director del
Departamento Control Sanitario de Lácteos.
A.1) Ubicación de la función
Dependerá jerárquica y funcionalmente de la Dirección General de
Servicios Ganaderos.
A.2) Cometidos de la Función
Asesorar y coordinar actividades en la Unidad Ejecutora 005, para el
cumplimiento de sus objetivos estratégicos, principalmente el
relacionamiento interinstitucional e intrainstitucional vinculadas a
fortalecer la cadena láctea en lo referente a sus cometidos
específicos.
A.3) Principales actividades en el cumplimiento de la función
* Mantener en representación de la entidad y de acuerdo a su misión
las vinculaciones con todos los distintos grupos de interés (otras
estructuras del MGAP, Organismos Oficiales, e integrantes privados
de la cadena láctea).
* Planificar y recibir directamente o en forma delegada a las
Misiones Oficiales.
* Proponer y gerenciar los programas y planes estratégicos generales
y prioritarios para el quinquenio.
* Establecer objetivos de la organización alineados con los planes
trazados que contemplen análisis y medidas de indicadores de
eficiencia.
* Tomar decisiones objetivas, consistentes, racionales y eficaces
basadas en análisis de datos y registros confiables.
* Asegurar que se implementen procesos apropiados para cumplir con
los requisitos de los clientes y partes interesadas.
* Asegurar la disponibilidad de recursos para orientar las
actividades en base a procesos.
* Decidir acciones, planes, recursos y responsables en relación a
los objetivos establecidos.
* Planear, implementar, operar, mantener y actualizar el sistema de
gestión operativo de toda la entidad.
* Establecer directrices técnicas y administrativas de
funcionamiento.
* Aprobar planes, proyectos y medidas relativas a la salvaguarda de
la inocuidad de la leche y subproductos lácteos, la Salud Pública y
la implicancia de la salud animal.
* Evaluar la competencia y desempeño del personal a su cargo.
* Crear un ambiente para que el personal se encuentre motivado.
* Coordinar y promover acciones entre las unidades de la Unidad
Ejecutora y otras oficinas del MGAP a fin de complementar el control
sanitario de todos los eslabones de la cadena láctea (Habilitación,
inspección y control de establecimientos productores de leche y
queseros artesanales, etc.).
A.4) Condiciones de trabajo
La función requiere dedicación exclusiva.
La remuneración será de $ 40.041,92, valor nominal, por 40 horas
semanales.
Duración del contrato: 5 años.
B) Requisitos de calificación de los postulantes
B.1) Formación académica
Doctor en Medicina Veterinaria o su equivalente en la Facultad de
Veterinaria.
B.2) Especialización técnica
* Manejo de personal y supervisión de inspectores.
* Inspección higiénica sanitaria de la Industria Láctea.
* Buenas Prácticas de Elaboración.
* Microbiología de la leche y productos lácteos.
* Tecnologías básicas y emergentes en la Industria Láctea.
* Sistemas voluntarios, BPA, BPM y particularmente HACCP.
* Normas de gestión de calidad con particular énfasis en ISO
22.000:20005.
* Procedimientos de Auditorías.
* Buen dominio de Inglés (lecto-escritura y conversación).
* Discernimiento de bases epidemiológicas y de estadística.
* Instrucción y manejo informático.
B.3) Experiencia laboral
* Experiencia mínima 5 años en el desempeño de tareas vinculadas a
los temas referidos en los cometidos de la función.
* Dirección de oficinas especializadas en el tema.
* Acreditar desempeño de gestión en grupos de trabajo.
B.4) Aptitudes personales
Deberá contar con las siguientes habilidades: Capacidad a trabajar
en equipos, Ordenado, Meticuloso, Con iniciativa, Capacidad de
liderazgo, Capacidad de gestión, Disposición a calificarse, Buena
Comunicación, Manejo de personal.