ASISTENCIA A PEQUEÑOS PRODUCTORES. SEMILLAS DE ESPECIES FORRAJERAS




Promulgación: 22/04/2009
Publicación: 30/04/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 921
VISTO: lo dispuesto en el artículo 39° de la ley N° 16.811, de 21 de
febrero de 1997 (ley de semillas) y la gestión formulada al respecto por
el Instituto Nacional de Semillas (INASE);

RESULTANDO: I) el referido artículo legal faculta a esta Secretaría de
Estado, en casos excepcionales, y a propuesta del INASE, a diferir total o
parcialmente las exigencias establecidas en la reglamentación del Título
II de la norma legal precitada;

II) que ha sido declarado el Estado de Emergencia Agropecuaria Nacional
como consecuencia de la sequía que afecta al país;

III) que asimismo, la Secretaría de Estado ha instrumentado un programa de
distribución de semilla de especies forrajeras para paliar el déficit de
forrajes de los pequeños productores agropecuarios;

IV) en la gestión de referencia el Instituto Nacional de Semillas da
cuenta de la imposibilidad práctica de ejecutar el programa precitado
dando a su vez cumplimiento a lo dispuesto en el Estándar Específico de
Etiquetado de Semilla Botánica vigente, razón por la cual propone diferir
la aplicación de dicho E.E. en la ejecución del referido programa;

CONSIDERANDO: de recibo la gestión formulada por el Instituto Nacional de
Semillas;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y lo dispuesto en el art. 39° de la
ley 16.811 de 21 de febrero de 1997,

              EL MINISTRO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

                                RESUELVE:

1

 Autorizar, con carácter de excepción y hasta tanto la Secretaría de
Estado lo disponga, la entrega de semilla de especies forrajeras sin
etiqueta a los pequeños productores agropecuarios beneficiarios del
programa instrumentado en el marco del Estado de Emergencia Agropecuaria
Nacional.

2

 Dése cuenta al Instituto Nacional de Semillas.

3

 Comuníquese, publíquese, etc.

ERNESTO AGAZZI
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