Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
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Todos los movimientos de animales susceptibles de campo a campo desde los
predios determinados en el numeral 1° de la presente resolución,
únicamente podrán realizarse con una serología negativa, previa
autorización del Servicio Oficial y con certificado de vacunación expedido
por veterinario de libre ejercicio habilitado.