PRORROGA EL PROCEDIMIENTO RELATIVO A LA OPERATIVA DE ENVIO A FAENA DE ANIMALES BOVINOS QUE NO CUMPLEN CON DETERMINADAS CONDICIONES




Promulgación: 17/02/2012
Publicación: 27/02/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 246
VISTO: la gestión promovida por la Dirección General de Servicios
Ganaderos, en relación a la necesidad de prorrogar la operativa de envío a
faena de animales bovinos, que no cumplen con las condiciones exigidas
para la exportación, en el marco del Sistema de Identificación y Registro
Animal (SIRA);

RESULTANDO: la resolución ministerial N° 612/011, de 24 de agosto de 2011
habilitó transitoriamente, hasta el 31 de diciembre de 2011, la aplicación
de un procedimiento para la operativa de envío de animales bovinos a
plantas habilitadas para la exportación, a fin de ir ajustando dicha
operativa, a la consolidación de la trazabilidad individual en bovinos a
partir del 1° de julio de 2011, de acuerdo a lo establecido en el inciso
1° del artículo 15 de la ley N° 17.997, de 2 de agosto de 2006 con las
modificaciones introducidas por la ley N° 18.656, de 16 de abril de 2010;

CONSIDERANDO: I) de acuerdo a la información proporcionada por la
Dirección General de Servicios Ganaderos, necesario mantener la aplicación
del procedimiento establecido por la resolución ministerial N° 612/011, de
24 de agosto de 2011, hasta la total adecuación de la operativa de envío a
faena de bovinos con destino a la exportación, acorde a la normativa
vigente;

II) conveniente, proporcionar a los actores involucrados, herramientas
adecuadas para facilitar la complejidad de la operativa, sin comprometer
los objetivos del Sistema;

III) la opinión favorable de la Comisión del Sistema de Trazabilidad
Individual en bovinos y del Consejo Asesor, creados por la resolución
ministerial N° 517/011, de 21 de julio de 2011;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la ley N°
17.997, de 2 de agosto de 2006, ley N° 18656, de 16 de abril de 2010, ley
N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010 y resoluciones ministeriales N°
517/011 y N° 612/011, de 21 de julio de 2011 y 24 de agosto de 2011,
respectivamente,

               EL MINISTRO DE GANADERÍA, AGRICULTRA Y PESCA

                                RESUELVE:

1

 Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2012, el procedimiento establecido
en la resolución ministerial N° 612/011, de 24 de agosto de 2011.

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