OTORGAMIENTO DE APOYO FINANCIERO PARCIALMENTE REEMBOLSABLE DEL FONDO AGROPECUARIO DE EMERGENCIA (FAE), PARA DETERMINADOS PRODUCTORES GRANJEROS




Promulgación: 15/05/2014
Publicación: 27/05/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma
VISTO: la resolución ministerial N° 343/014, de fecha 13 de marzo de 2014;

RESULTANDO: I) por la mencionada resolución se resolvió otorgar un Apoyo
Financiero Parcialmente del Fondo Agropecuario de Emergencias (FAE),
consistente en el pago del costo de producción más los procesos de
vinificación y destilación de alcohol vínico, para aquellos productores
vitícolas comprendidos en la declaración de emergencia agropecuaria de
fecha 13 de febrero de 2014, con el objeto de atender las necesidades de
mantenimiento de sus proyectos productivos contribuyendo a recuperar las
capacidades perdidas;

II) con fecha 7 de mayo de 2014 el Instituto Nacional de Vitivinicultura
(INAVI) solicita una adenda a la resolución ministerial N° 343/014 a
efectos de incluir a los productores viticultores indicados en el anexo
adjunto, quienes participaron en el programa "Vendimia 2014", para obtener
alcohol vínico con uva de bajo nivel enológico (desde 7.5° de alcohol en
potencia);

III) a partir del listado de productores interesados de acuerdo con el
numeral anterior elaborado por el Instituto Nacional de Vitivinicultura
(INAVI), esta Cartera ha estudiado y entiende conveniente apoyar
económicamente, con cargo al Fondo Agropecuario de Emergencias (FAE), a
los productores viticultores ubicados en las zonas geográficas
determinadas por la Emergencia Agropecuaria;

IV) la necesidad de contribuir a darle continuidad a los productores
vitícolas de las zonas definidas en los departamentos de Montevideo,
Canelones, Colonia, San José, Florida, Lavalleja y Durazno;

CONSIDERANDO: pertinente ampliar la resolución ministerial N° 343/014, de
fecha 13 de marzo de 2014 de acuerdo a la gestión promovida por la
Dirección General de la Granja;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto,

          EL MINISTRO INTERINO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

                                RESUELVE:

1

 Amplíase la resolución ministerial N° 343/014, de fecha 13 de marzo de
2014 y consecuentemente otórgase un Apoyo Financiero Parcialmente
Reembolsable del Fondo Agropecuario de Emergencias (FAE), consistente en
el pago del costo de producción más los procesos de vinificación y
destilación de alcohol vínico, para aquellos productores vitícolas
comprendidos en la declaración de emergencia agropecuaria de fecha 13 de
febrero de 2014, con el objeto de atender las necesidades de mantenimiento
de sus proyectos productivos contribuyendo a recuperar las capacidades
perdidas.

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 2.

2

 Los productores que serán objeto del beneficio a que alude el numeral 1°
de la presente resolución, son quienes figuran en el anexo adjunto (*),  que se considera parte integrante de esta resolución y que participan en el programa "Vendimia 2014", para obtener alcohol vínico con uva de bajo
nivel enológico (desde 7.5° de alcohol en potencia).

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

3

 El porcentaje de retorno al Fondo Agropecuario de Emergencias (FAE) será
de 52%, del total percibido por la enajenación del alcohol vínico, el cual
será reintegrado en tres cuotas iguales, anuales y consecutivas, venciendo
la primera el 30 de junio de 2015.

4

 La obligación emergente se atenderá con cargo a las Cuentas N° 161/1721 y
161/2024 de la Sucursal "19 de junio" del Banco de la República Oriental
del Uruguay a nombre del "Fondo Agropecuario de Emergencias" del
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

5

 Dese cuenta al Instituto Nacional de Viticultura (INAVI) y a la Dirección
General de la Granja.

6

 Comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y en la página web de esta
Secretaría de Estado.

ENZO BENECH
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