VISTO: y;
RESULTANDO: I) la Dirección General de Servicios Ganaderos conjuntamente con el Sistema Nacional de Información Ganadera (SNIG), han desarrollado un programa informático de certificación sanitaria electrónica en todas sus etapas, de bovinos y ovinos con destino a plantas de faena para abasto y exportación;
II) en el marco del Sistema Nacional de Veterinarios de Libre Ejercicio establecido por la ley N° 17.950, de enero de 2006, se han impartido cursos de actualización en el sistema de certificación sanitaria electrónica, a más de 800 veterinarios de libre ejercicio acreditados y a la totalidad de los veterinarios del Servicio Oficial;
III) se encuentra aún en proceso de desarrollo, el sistema de pago de tarifas por los servicios de certificación sanitaria, previsto por el decreto N° 641/1989, de 28 de diciembre de 1989, con la actualización correspondiente;
IV) por resolución ministerial N° 128, de 26 de febrero de 2015, se suspendió por el término de 180 días, el cobro de las tarifas precedentemente mencionadas;
CONSIDERANDO: I) aún no se encuentra operativo, el procedimiento de pago de las tarifas por dicho servicio;
II) necesario prorrogar la suspensión del cobro de tarifas por certificación sanitaria de bovinos y ovinos y sellado correspondiente, por el término de hasta 180 días, a fin de posibilitar el inicio de la puesta en funcionamiento del sistema de certificación electrónica de manera fluida y eficaz;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la ley N° 3.606, de 13 de abril de 1910, decreto N° 641/989, de 28 de diciembre de 1989, ley N° 17.950, de 8 de enero de 2006, decreto N° 171/007 de 21 de mayo de 2007, ley N° 17.997, de 2 de agosto de 2006, modificativas y complementarias y resolución ministerial N° 128, de 26 de febrero de 2015;
EL MINISTRO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
RESUELVE:
Prorrógase hasta por 180 días a partir del 2 de setiembre de 2015, la suspensión del cobro de las tarifas por el servicio de certificación sanitaria de bovinos y ovinos para embarque con destino a faena y sellado de documento, percibido por el MGAP, dispuesta por resolución ministerial N° 128, de 26 de febrero de 2015.