El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca tiene entre sus objetivos la promoción de sistemas de producción sustentable, que contribuyan a la obtención de alimentos inocuos, en forma amigable con el ambiente;
RESULTANDO: I) el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca encomendó a la Dirección General de la Granja (DIGEGRA) y la Dirección General de Servicios Ganaderos (DGSG) la elaboración de un documento con el fin de generar un marco legal para asegurar una producción apícola:
- que proteja el ambiente, asegurando su sostenibilidad a través de la conservación de los recursos naturales y la biodiversidad;
- que minimice el riesgo de que los productos de la colmena se contaminen durante la fase de producción primaria y extracción;
- que asegure el bienestar de los apicultores y sus familias y la seguridad ocupacional de los trabajadores;
II) la Dirección General de la Granja (DIGEGRA) y la Dirección General de Servicios Ganaderos (DGSG) elaboraron la "Guía de Buenas Prácticas Apícolas para la producción de miel";
III) el grupo de trabajo tuvo como cometidos elaborar y aprobar internamente el documento;
IV) el mencionado documento cuenta con el consenso del grupo de trabajo y con la aprobación de las respectivas Direcciones de las Unidades Ejecutoras involucradas;
CONSIDERANDO: que la Dirección General de la Granja (DIGEGRA) tiene como objetivos garantizar la soberanía y la seguridad alimentaria, en base a una producción granjera sustentable desde el punto de vista económico, social y ambiental; y la Dirección General de Servicios Ganaderos (DGSG) tiene entre sus cometidos velar por la sanidad, inocuidad y certificación de las exportaciones apícolas;
ATENTO: a las razones anteriormente expuestas y a lo establecido en la ley N° 17.115, de 21 de junio de 1999, decretos Nos. 40/997, de 5 de febrero de 1997; 29/006, de 30 de enero de 2006; 188/010, de 14 de junio de 2010 y 371/013, de 18 de noviembre de 2013 y resoluciones Nos. 469/010, de 28 de mayo de 2010 y 220/016, de 14 de abril de 2016,
EL MINISTRO DE GANADERÍA AGRICULTURA Y PESCA
RESUELVE:
Encomendar a la Dirección General de la Granja (DIGEGRA) y a la Dirección General de Servicios Ganaderos (DGSG) - División Laboratorios Veterinarios "Miguel C. Rubino" (DILAVE) la elaboración y puesta en marcha de un plan de capacitación y extensión en las temáticas comprendidas en el citado documento, dirigido a todo el sector apícola nacional.
Encomendar a la Dirección General de la Granja (DIGEGRA) y la Dirección General de Servicios Ganaderos (DGSG) - División Laboratorios Veterinarios "Miguel C. Rubino" la planificación de un plan de exigencia gradual de aplicación de la presente guía, dirigido a los integrantes de la cadena apícola nacional.
Pase a la Unidad de Comunicación Organizacional y Difusión para su publicación en el Diario Oficial, en dos diarios de circulación nacional y en los sitios Web de la Secretaría de Estado, de la Dirección General de la Granja y de la Dirección General de Servicios Ganaderos.
Oportunamente archívese en la División Administración General.
La Guía de B. P. Apícolas se encuentra disponible en:
http://www.mgap.gub.uy/estadisticas-y-documentos/apicultura