VISTO: la declaración de Emergencia Agropecuaria declarada por Resolución ministerial N° 1840/021, de 30 de diciembre de 2021 y su modificativa N° 1841/2021, de 30 de diciembre de 2021;
RESULTANDO: I) por las citadas Resoluciones se declaró la Emergencia Agropecuaria para los rubros ganadería, lechería y apicultura;
II) con fecha 3 de enero de 2022 se reunió la Comisión de Emergencia Agropecuaria a efectos de evaluar la necesidad de declaración de Emergencia Agropecuaria por incendios. Analizada la situación y el impacto causado, sugiere se amplíe la declaración de Emergencia Agropecuaria para los rubros ganadería, lechería, apicultura, por el término de 90 días, para los departamentos y seccionales policiales que en el informe indica, incluyendo el rubro forestal;
CONSIDERANDO: que, de la valoración realizada por técnicos de este Ministerio y la conformidad del Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET) y del Ministerio de Economía y Finanzas, se estima oportuno y conveniente disponer de la forma sugerida por la Comisión de Emergencia Agropecuaria;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 207 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008 y por lo artículos 1°, 3°, 4° y 5° del Decreto N° 829/008, de 24 de diciembre de 2008;
EL MINISTRO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
RESUELVE:
Amplíase por el término de 90 (noventa) días la Declaración de Emergencia Agropecuaria efectuada por Resoluciones ministeriales Nos. 1840/021 y 1841/021, de fechas 30 de diciembre de 2021, para los rubros ganadería, lechería, apicultura y forestal, en los siguientes departamentos y seccionales policiales: Paysandú: 12ª y Río Negro: 4ª, 5ª y 7ª.