El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Ver: Resolución MGAP S/N de 20/09/2023 numeral 1 (extiende Emergencia
Agropecuaria hasta el 31/12/2023 en todo el territorio nacional para los
rubros: ganadería, lechería, horticultura, fruticultura, agricultura,
apicultura, avicultura y forestación),
Resolución MGAP S/N de 19/04/2023 numeral 1 (extiende Emergencia
Agropecuaria por 150 días en todo el territorio nacional para los rubros:
ganadería, lechería, horticultura, fruticultura, agricultura, apicultura,
avicultura y forestación),
Resolución MGAP S/N de 17/01/2023 numeral 1 (extiende Emergencia
Agropecuaria por 90 días en todo el territorio nacional para los rubros:
ganadería, lechería, horticultura, fruticultura y agricultura).
VISTO: la situación agroclimática actual según monitoreo realizado por el Sistema Nacional de Información Agropecuaria (SNIA);
RESULTANDO: I) en el marco de lo previsto por el artículo 4° y siguientes del Decreto N° 829/008, de 24 de diciembre de 2008, reglamentario de los artículos 39 y 207 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008, se convocó a la Comisión de Emergencias Agropecuarias a efectos de evaluar y asesorar a esta Secretaría de Estado en relación a la situación agroclimática;
II) analizada la información y datos recabados, la Comisión de Emergencias Agropecuarias, por informe de fecha 20 de octubre de 2022, recomienda la declaración de Emergencia Agropecuaria debido al déficit hídrico y forrajero constatado, para los rubros ganadería, lechería, horticultura, fruticultura y agricultura por el término de 90 días, en todo el territorio nacional (zona rural);
CONSIDERANDO: que de la evaluación realizada por técnicos de esta Secretaría de Estado, del Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET) y la propia Comisión de Emergencias Agropecuarias, se concluye en la conveniencia de declarar la Emergencia Agropecuaria para todo el territorio nacional y para los rubros señalados en el "Resultando II";
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y disposiciones citadas;
EL MINISTRO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
RESUELVE:
1
Declárase la Emergencia Agropecuaria para los rubros ganadería, lechería, horticultura, fruticultura y agricultura, en todo el territorio nacional, (zona rural) por el término de 90 (noventa) días a partir de la fecha de la presente Resolución.