El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la declaración de Emergencia Agropecuaria efectuada por Resolución ministerial N° 149/026, de 24 de febrero de 2026 y ampliada por Resolución ministerial N° 254/026, de 9 de marzo del corriente año;
RESULTANDO: I) que por las citadas Resoluciones se declaró y amplió la emergencia agropecuaria por déficit hídrico en los rubros ganadería, lechería, agricultura y granja, para los departamentos de Canelones, Durazno, Flores, Florida, Lavalleja, Maldonado, Montevideo, Rocha y Treinta y Tres, Colonia, Río Negro y Soriano, abarcando las seccionales policiales allí indicadas en cada caso, por el termino de 90 días a partir de la fecha de la declaración;
II) que la Comisión de Emergencias Agropecuarias, con fecha 20 de marzo de 2026, de acuerdo con los informes técnicos recabados y en virtud de verse agravada la situación que dio mérito a la declaración inicial de emergencia, sugiere una nueva ampliación a la Resolución de fecha 24 de febrero de 2026, incorporando los departamentos y seccionales policiales que detalla, manteniéndose los rubros y el periodo establecidos;
CONSIDERANDO: que de la valoración realizada por técnicos de este Ministerio y la conformidad del Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET) y del Ministerio de Economía y Finanzas, se concluye que es conveniente la ampliación de áreas geográficas para la declaración de emergencia agropecuaria efectuada;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 207 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008 y por lo artículos 1°, 3°, 4° y 5° del Decreto N° 829/008, de 24 de diciembre de 2008;
EL MINISTRO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
RESUELVE:
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Amplíase la Declaración de Emergencia Agropecuaria efectuada originalmente por Resolución ministerial N° 149/026, de 24 de febrero de 2026 y ampliada por Resolución ministerial N° 254/026, de 9 de marzo del corriente, incorporando en los departamentos siguientes, las seccionales policiales que se detallan: Durazno: 6ª; Lavalleja: 9ª y 10ª; Río Negro: 4ª y 12ª; Rocha: 3ª y Treinta y Tres: 1ª, 7ª y 10ª.