APROBACION DE MECANISMO AUTOMATIZADO DE RESTRICCION OPERATIVA SANITARIA EN EL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACION GANADERA (SNIG)




Promulgación: 12/08/2026
Publicación: 18/08/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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   Los bovinos identificados individualmente quedarán sujetos de forma automática a la restricción operativa para su movimiento con destino a faena, cuando la información contenida en algún Despacho de Tropa Digital (DTD), Control Oficial de Tropa Digital (COTD) o Permiso Especial que los involucre, indique que el periodo de espera de envío a faena no ha transcurrido totalmente.
   La presente restricción cubre los tratamientos realizados por Despacho de Tropa Digital (DTD), Control Oficial de Tropa Digital (COTD) o Permiso Especial y no exime al productor o tenedor a cualquier título ni al veterinario de libre ejercicio actuante de la responsabilidad de controlar los tratamientos regulares que se realizan en el establecimiento, los cuales deberán estar registrados en la Planilla de Control Sanitario.

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 9 (vigencia).
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