VISTO: El Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública
Internacional Nº 1/2001 de esta Secretaría de Estado.
CONSIDERANDO: I) Que correspondería modificar el plazo con que cuenta la
Comisión Asesora de Adjudicaciones a los efectos de emitir Circulares que
incluyan modificaciones, ampliaciones e información o cualquier otro
cambio en la documentación licitatoria (inciso tercero del artículo 8 del
referido pliego) así como el plazo para modificar el Pliego de
Condiciones o realizar aclaraciones del mismo (literal (ii) del numeral 7
del artículo 15 del referido pliego) haciéndolo coincidir con el que
cuentan los interesados para efectuar consultas y pedidos de aclaración.
II) Que el pliego mencionado fue aprobado por la Resolución del Poder
Ejecutivo de fecha de 13 de julio de 2001.
III) Que por resolución del Poder Ejecutivo de 17 de setiembre de 2001 se
delegó en el Ministro del Interior la facultad de revisar, rectificar o
modificar el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública
Internacional Nº 1/2001.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto,
EL MINISTRO DEL INTERIOR
RESUELVE:
1
Modifícase el inciso tercero del artículo 8 de la Sección I el Pliego de
Bases y Condiciones de la Licitación Pública Internacional Nº 1/2001, el
que quedará redactado de la siguiente manera:
"La Comisión Asesora de Adjudicaciones podrá emitir Circulares que
incluyan modificaciones, ampliaciones de información o cualquier otro
cambio en la documentación licitatoria, hasta 40 (cuarenta) días corridos
antes de la fecha fijada para la apertura de las Ofertas".