DEVOLUCION DE IMPUESTOS




Promulgación: 21/03/1975
Publicación: 16/04/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 566

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Fijar un reintegro del veinticuatro por ciento (24%) sobre el valor FOB de
exportación del producto denominado "Fundas para almohadones
confeccionadas con descarnes agamuzados teñidos, de producción nacional",
que regirá a partir del 28 de enero de 1975, en las condiciones
establecidas por el decreto 548/972, de 3 de agosto de 1972.

 En el porcentaje mencionado se encuentra incluido el adicional fijado por
el artículo 249º de la ley 14.106 de 14 de marzo de 1973.
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