MODIFICACION DE LA TIPIFICACION ESTABLECIDA EN EL NUMERAL 1º DE LA RESOLUCION DE FECHA 24 DE DICIEMBRE DE 1974, PARA EL PRODUCTO QUE SE DETERMINA




Promulgación: 31/07/1978
Publicación: 08/08/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 212
 Visto: diversas solicitudes tendientes a obtener modificación de varias
tipificaciones de reintegros vigentes.

 De conformidad: con lo informado por la Comisión Asesora de Reintegros.

 Atento: a lo dispuesto por la ley 13.268 de 9 de julio de 1964, sus
modificativas y concordantes,

                              SE RESUELVE:

1

 Modificar la tipificación establecida por el numeral 1º de la resolución
de 24 de diciembre de 1974, modificado por el numeral 1º de la resolución
de 27 de diciembre de 1976, para el producto denominado Bombonas, botellas
y frascos de producción nacional (NADE 70.10.01.01.01), la cual quedará
redactada de la siguiente manera: "Bombonas, botellas y frascos de
producción nacional, embaladas en cajas de cartón, casilleros de madera o
en cualquier otro tipo de embalaje, nacionales" (NADE 70.10.01.01.01).

2

 Modificar la tipificación establecida por el numeral 5º de la resolución
de 16 de enero de 1976, para el producto denominado Sillas, sillones y
otros asientos con estructura de madera, tapizados en cueros terminados
nacionales (NADE 94.01.01.02.01), la cual quedará redactada de la
siguiente manera: "Sillas, sillones y otros asientos: respaldos, asientos
y brazos para los mismos; con estructura de madera, tapizados en cueros
nacionales terminados" (NADE 94.01.01.02.01).

3

 Modificar la tipificación establecida por el apartado b) del numeral 1º
de la resolución de 3 de setiembre de 1973, para el producto denominado
Forros para volantes de automóviles confeccionados por medio de un cosido
industrial de porciones de cueros ovinos totalmente curtidos con lana
rasada hasta 70 milímetros, teñidos en varios colores, inclusive en
blanco, terminados totalmente, la cual quedará redactada de la siguiente
manera: "Forros para volantes confeccionados por medio de un cosido
industrial de porciones de cueros ovinos totalmente curtidos, con lana
rasada hasta 70 milímetros, teñidos en varios colores, inclusive en
blanco, terminados totalmente y/o cueros ovinos depilados (deslanados)
terminados de pintura y/o lustre o agamuzados, de producción nacional.

4

Publíquese, comuníquese y  archívese.

LUIS H. MEYER - VALENTIN ARISMENDI
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