Resolución S/n
Desestímase la solicitud presentada por la empresa CUADRILLE S.A.,
tendiente a que se le autorice a fabricar y comercializar bebidas sin
alcohol con las marcas "WEB" y "QUIMERA".
(1.605)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
Montevideo, 21 de Setiembre de 2006
VISTO: la solicitud formulada por CUADRILLE S.A., tendiente a que se le
autorice la fabricación y comercialización de bebidas sin alcohol con
las marcas "WEB" y "QUIMERA";
RESULTANDO: I) que la Dirección Nacional de Industrias, informa que la
empresa solicitante no ha presentado en forma toda la documentación
exigida por el Decreto N° 184/004, del 3 de junio de 2004, reglamentario
de la Ley N° 17.729, del 26 de diciembre de 2003;
II) que dicha normativa requiere la autorización expresa de esta
Secretaría de Estado, para desarrollar actividades de fabricación e
importación de bebidas gravadas por los numerales 6) y 7) del artículo 1°
del Título II del Texto Ordenado 1996;
CONSIDERANDO: que la Asesoría Jurídica, luego del análisis de las
presentes actuaciones, señala que desde el punto de vista formal consta
que la gestionante ha omitido agregar recaudos esenciales para este tipo
de gestión, como son las constancias de registro del producto "QUIMERA"
ante la Intendencia Municipal de Montevideo, la del producto "WEB" en el
Ministerio de Salud Pública y la del registro de la marca "WEB", así como
la constancia de estilo emitida por la Dirección General Impositiva,
razón por la cual, compartiendo lo dictaminado por la Dirección Nacional
de Industrias, sugiere desestimar el petitorio de marras, revocando en el
mismo acto la autorización ficta otorgada al amparo de lo previsto por el
art. 1° de la ley precitada;
ATENTO: con lo expuesto, y lo establecido en la Ley N° 17.729, de 26 de
diciembre de 2003, Decreto Reglamentario N° 184/004, de 3 de junio de
2004;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
RESUELVE:
Desestímase la solicitud presentada por la empresa CUADRILLE S.A.,
tendiente a que se le autorice a fabricar y comercializar bebidas sin
alcohol con las marcas "WEB" y "QUIMERA".
Déjase sin efecto la autorización ficta para la fabricación de bebidas
sin alcohol con las marcas "WEB" y "QUIMERA", otorgada a CUADRILLE S.A.,
al amparo de lo previsto por el artículo 1° de la Ley N° 17.729 de 26 de
diciembre de 2003.