Resolución S/n
Autorízase a la empresa IDOSUL S.A. a comercializar bebidas sin alcohol
(sabor lima limón) con la marca "LIMOL".
(829)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
Montevideo, 21 de Abril de 2008
VISTO: la solicitud formulada por la empresa IDOSUL S.A., tendiente a que
se le autorice la comercialización de bebidas sin alcohol, al amparo de la
Ley Nº 17.729 de 26 de diciembre de 2003 y su Decreto Reglamentario Nº
184/004, de 3 de junio de 2004;
RESULTANDO: I) que la Asesoría Jurídica compartiendo lo informado por la
Dirección Nacional de Industrias, informa que no existirían impedimentos
para acceder a lo solicitado, en tanto la empresa ha presentado en forma
toda la documentación exigida por el Decreto Nº 184/004, reglamentario de
la Ley Nº 17.729;
II) que dicha disposición establece un requisito de autorización expresa
de esta Secretaría de Estado, para el desarrollo de actividades por parte
de las empresas fabricantes e importadoras de bebidas gravadas por los
numerales 6) y 7) del artículo 1° del Título II del Texto Ordenado 1996;
CONSIDERANDO: que procede autorizar lo gestionado en autos;
ATENTO: a lo expuesto, lo establecido en la Ley Nº 17.729, de 26 de
diciembre de 2003, Decreto Reglamentario Nº 184/004, de 3 de junio de
2004, y lo dispuesto por el art. 118 del Decreto Nº 500/991 del 27 de
setiembre de 1991;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
RESUELVE: