Resolución S/n
Autorízase a RIDOZIR S.A., la fabricación de bebidas sin alcohol
gasificadas sabor guaraná, con la marca "PRAIA".
(1.925)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
Montevideo, 11 de Setiembre de 2008
VISTO: la solicitud formulada por RIDOZIR S.A., tendiente a obtener
autorización, para la fabricación de bebidas sin alcohol, al amparo de la
Ley Nº 17.729 de 26 de diciembre de 2003 y su Decreto Reglamentario Nº
184/004, de 3 de junio de 2004.
RESULTANDO: que dichas disposiciones establecen como requisito para el
desarrollo de actividades por parte de las empresas fabricantes e
importadoras de bebidas gravadas por los numerales 6) y 7) del artículo 1º
del Título II del Texto Ordenado 1996, la autorización expresa de esta
Secretaría de Estado.
CONSIDERANDO: que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria,
Energía y Minería, compartiendo lo informado por la Dirección Nacional de
Industrias, entiende que no existen impedimentos para acceder a lo
solicitado, en tanto la empresa ha presentado en forma toda la
documentación exigida en la normativa citada.
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en la Ley Nº 17.729, de 26 de
diciembre de 2003, y su Decreto Reglamentario Nº 184/004, de 3 de junio de
2004.
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
RESUELVE:
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Autorízase a RIDOZIR S.A., la fabricación de bebidas sin alcohol
gasificadas sabor guaraná, con la marca "PRAIA".