AUTORIZACION PARA LA FABRICACION DE BEBIDAS SIN ALCOHOL. MONTEVIDEO REFRESCOS S.R.L.




Fecha de Publicación: 03/03/2009
Página: 1013-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Resolución S/n

Autorízase a la empresa MONTEVIDEO REFRESCOS S.R.L., la fabricación de
bebidas sin alcohol con la marca "COCA COLA ZERO".
(572)

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

                                         Montevideo, 19 de Febrero de 2009

VISTO: la solicitud formulada por MONTEVIDEO REFRESCOS S.R.L., tendiente a
obtener autorización para la fabricación de bebidas sin alcohol, al amparo
de lo establecido por la Ley Nº 17.729 de 26 de diciembre de 2003 y su
Decreto Reglamentario Nº 184/004, de 3 de junio de 2004.

RESULTANDO: que dichas disposiciones establecen como requisito para el
desarrollo de actividades por parte de las empresas fabricantes e
importadoras de bebidas gravadas por los numerales 6) y 7) del artículo 1º
del Título II del Texto Ordenado 1996, la autorización expresa de esta
Secretaría de Estado.

CONSIDERANDO: que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria,
Energía y Minería, compartiendo lo informado por la Dirección Nacional de
Industrias, entiende que no existen impedimentos para acceder a lo
solicitado, en tanto la empresa ha presentado en forma toda la
documentación exigida en la normativa citada;

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en la Ley Nº 17.729, de 26 de
diciembre de 2003, y su Decreto Reglamentario Nº 184/004, de 3 de junio de
2004.

               EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a la empresa MONTEVIDEO REFRESCOS S.R.L., la fabricación de
bebidas sin alcohol con la marca "COCA COLA ZERO".

2

 Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial conforme a lo
dispuesto por el Decreto Nº 184/004, de 3 de junio de 2004.

3

 Notifíquese, comuníquese, y pase a sus efectos a la Dirección Nacional de
Industrias.

DANIEL MARTINEZ.
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