PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Resolución S/n
Autorízase a la empresa Montevideo Refrescos S.R.L., la fabricación de
bebidas sin alcohol gasificadas con las marcas "FANTA" y "FANTA NARANJA
ZERO".
(488)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 23 de Febrero de 2011
VISTO: la solicitud formulada por Montevideo Refrescos S.R.L., tendiente a
obtener autorización para la fabricación de bebidas sin alcohol
gasificadas con la marca "FANTA" (sabor pomelo) y bebidas sin alcohol
dietéticas gasificadas con la marca "FANTA NARANJA ZERO" (sabor naranja),
al amparo de la Ley N° 17.729 de 26 de diciembre de 2003 y su Decreto
Reglamentario N° 184/004, de 3 de junio de 2004;
RESULTANDO: que dichas disposiciones establecen como requisito para el
desarrollo de actividades por parte de las empresas fabricantes e
importadoras de bebidas gravadas por los numerales 6) y 7) del artículo 1°
del Título 11 del Texto Ordenado 1996, la autorización expresa de esta
Secretaría de Estado;
CONSIDERANDO: que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria,
Energía y Minería, compartiendo lo informado por la Dirección Nacional de
Industrias, entiende que no existen impedimentos para acceder a lo
solicitado, en tanto la empresa ha presentado en forma toda la
documentación exigida en la normativa citada;
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en la Ley N° 17.729, de 26 de
diciembre de 2003, y su Decreto Reglamentario N° 184/004, de 3 de junio de
2004.
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
Autorízase a la empresa Montevideo Refrescos S.R.L. la fabricación de
bebidas sin alcohol gasificadas con la marca "FANTA" (sabor pomelo) y
bebidas sin alcohol dietéticas gasificadas con la marca "FANTA NARANJA
ZERO" (sabor naranja).