AUTORIZACION PARA LA IMPORTACION DE BEBIDAS SIN ALCOHOL MARCA "ADES". UNILEVER DEL URUGUAY SCC S.A.




Fecha de Publicación: 08/06/2016
Página: 12
Carilla: 12

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                               Resolución S/n

Autorízase a la empresa UNILEVER DEL URUGUAY SCC S.A., a importar con la marca "ADES", las bebidas sin alcohol que se determinan.
(830)

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                            Montevideo, 26 de Mayo de 2016

   VISTO: la solicitud formulada por UNILEVER DEL URUGUAY SCC S.A., tendiente a obtener autorización para la importación de bebidas sin alcohol, con la marca "ADES" al amparo de la Ley N° 17.729 de 26 de diciembre de 2003 y su Decreto Reglamentario N° 184/004, de 3 de junio de 2004.

   RESULTANDO: que dichas disposiciones establecen como requisito para el desarrollo de actividades por parte de las empresas fabricantes e importadoras de bebidas gravadas por los numerales 6) y 7) del artículo 1° del Título 11 del Texto Ordenado 1996, la autorización expresa de esta Secretaría de Estado;

   CONSIDERANDO: I) que la Dirección Nacional de Industrias sugiere se ampare dicha petición, dado que la promotora acreditó todos los requisitos previstos en el ordenamiento jurídico para otorgar la autorización solicitada;

   II) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería, compartiendo lo informado, por la Dirección Nacional de Industrias, entiende que no existen impedimentos para dictar resolución amparando la petición formulada;

   ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en la Ley N° 17.729, de 26 de diciembre de 2003, y su Decreto Reglamentario N° 184/004, de 3 de junio de 2004;

               LA MINISTRA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                RESUELVE:

1

   Autorízase a la empresa UNILEVER DEL URUGUAY SCC S.A., a importar con la marca "ADES" las siguientes Bebidas sin alcohol: alimento de soja líquido sabores: Manzana, Naranja, Durazno, Ananá, Frutas Tropicales y Natural (soja + calcio), sin que ello implique pronunciamiento alguno sobre los derechos de propiedad intelectual de la citada marca.

2

   Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial conforme a lo dispuesto por el Decreto N° 184/004, de 3 de junio de 2004.

3

   Comuníquese, notifíquese, y pase a sus efectos a la Dirección Nacional de Industrias.

   CAROLINA COSSE.
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