AUTORIZACION PARA LA FABRICACION DE AGUA SIN GAS MARCA "LIMOL". BARLINCO S.A.




Fecha de Publicación: 20/10/2016
Página: 15
Carilla: 15

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                               Resolución S/n

Autorízase a la empresa BARLINCO S.A. a fabricar agua sin gas con la marca "LIMOL".
(1.834)

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                         Montevideo, 12 de Octubre de 2016

   VISTO: la solicitud formulada por BARLINCO S.A., tendiente a obtener autorización para la fabricación de agua sin gas con la marca "LIMOL", al amparo de lo dispuesto por la Ley N° 17.729 de 26 de diciembre de 2003 y su Decreto Reglamentario N° 184/004, de 3 de junio de 2004;

   RESULTANDO: que la referida normativa establece como requisito para el desarrollo de actividades por parte de las empresas fabricantes e importadoras de bebidas gravadas por los numerales 6) y 7) del artículo 1° del Título 11 del Texto Ordenado 1996, la autorización expresa de esta Secretaría de Estado;

   CONSIDERANDO: que la Dirección Nacional de Industrias informa que se han acreditado los requisitos exigidos por la normativa, en virtud de lo cual sugiere autorizar a la empresa a fabricar agua sin gas con la marca LIMOL, opinión que comparte la Asesoría Jurídica;

   ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en la Ley N° 17.729 de 26 de diciembre de 2003 y su Decreto Reglamentario N° 184/004 de 3 de junio de 2004.

          EL MINISTRO INTERINO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA,

                                RESUELVE:

1

   Autorízase a la empresa BARLINCO S.A. a fabricar agua sin gas con la marca "LIMOL".

2

   Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial conforme a lo dispuesto por el Decreto N° 184/004, de 3 de junio de 2004.

3

   Comuníquese, notifíquese y pase a sus efectos a la Dirección Nacional de Industrias.

   GUILLERMO MONCECCHI.
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