AUTORIZACION PARA LA FABRICACION DE BEBIDAS GASIFICADAS DIETETICAS SIN ALCOHOL MARCA "LIMOL". BARLINCO S.A.




Fecha de Publicación: 21/03/2017
Página: 18
Carilla: 18

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                               Resolución S/n

Autorízase a la empresa BARLINCO S.A. a fabricar bebidas analcohólícas dietéticas gasificadas sabores naranja, pomelo, cola y lima limón, con la marca "LIMOL".
(655*R)

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                         Montevideo, 23 de Febrero de 2017

   VISTO: la solicitud formulada por BARLINCO S.A., tendiente a obtener autorización para la fabricación de bebidas analcohólicas dietéticas gasificadas sabores naranja, pomelo, cola y lima limón, con la marca "LIMOL", al amparo de lo dispuesto por la Ley N° 17.729 de 26 de diciembre de 2003 y su Decreto Reglamentario N° 184/004, de 3 de junio de 2004;

   RESULTANDO: que la referida normativa establece como requisito para el desarrollo de actividades por parte de las empresas fabricantes e importadoras de bebidas gravadas por los numerales 6) y 7) del artículo 1° del Titulo 11 del Texto Ordenado 1996, la autorización expresa de esta Secretaría de Estado; 

   CONSIDERANDO: I) que la Dirección Nacional de Industrias informa que se han acreditado los requisitos exigidos por la normativa vigente, sugiriendo dictar resolución accediendo a lo peticionado; 

   II) que la Asesoría Jurídica, compartiendo el informe que antecede, sugiere autorizar a BARLINCO S.A., la fabricación con la marca "LIMOL", de bebidas analcohólicas dietéticas gasificadas sabores naranja, pomelo, cola y lima limón; 

   ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en la Ley N° 17.729 de 26 de diciembre de 2003 y su Decreto Reglamentario N° 184/004 de 3 de junio de 2004.

               LA MINISTRA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                RESUELVE:

1

   Autorizase a la empresa BARLINCO S.A. a fabricar bebidas analcohólícas dietéticas gasificadas sabores naranja, pomelo, cola y lima limón, con la marca "LIMOL". 

2

   Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial conforme a lo dispuesto por el Decreto N° 184/004, de 3 de junio de 2004. 

3

   Comuníquese, notifíquese y pase a sus efectos a La Dirección Nacional de Industrias. 

   CAROLINA COSSE.
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