PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
En los casos mencionados en el numeral anterior, así como cuando el organismo certificador constate la no conformidad con el reglamento del Decreto No 388/005, de fecha 7 de octubre de 2005, deberá comunicar el hecho al administrado y a la Dirección Nacional de Industrias, dentro de los dos días hábiles inmediatos siguientes.Ayuda