PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
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El certificado de comercialización será expedido por la Dirección Nacional de Industrias, por cada lote de fabricación o importación de un espécimen de juguete comprendido en el Decreto No 388/005, de fecha 7 de octubre de 2005. El certificado de comercialización se emitirá a nombre del fabricante nacional o importador. En los documentos únicos aduaneros (en adelante DUA) de importación de juguetes podrá declararse más de un certificado de comercialización por cada ítem del DUA.