Fecha de Publicación: 07/01/2019
Página: 32
Carilla: 32

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

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   Sin perjuicio de lo expuesto, y a los efectos de inscribir a los beneficiarios en el Registro precitado, la Dirección Nacional de Industrias podrá requerir información, documentación adicional y/o realizar visitas a las instalaciones dónde el beneficiario declare realizar su actividad principal, a efectos de validar la correspondencia de la misma con la declarada promovida por el Decreto N° 317/018 de 8 de octubre de 2018.
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