Fecha de Publicación: 07/01/2019
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Carilla: 32

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

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   La inscripción de los beneficiarios en el Registro que se reglamenta, no les exime de su obligación de registro ante otros organismos o sistemas necesarios para acceder a los beneficios estipulados por la Ley N° 19.592 de 5 de enero de 2018 y su Decreto Reglamentario N° 317/018 de 8 de octubre de 2018.

                               CAPITULO II
                       DE LA IMPORTACIÓN DE INSUMOS
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