PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Resolución S/n
Apruébanse los criterios técnicos según lo previsto en el Decreto 451/011, de fecha 19 de diciembre de 2011, respecto de los requisitos exigibles y aplicables para el equipamiento, en lo referente a su calidad, seguridad y eficiencia del sistema de energía solar térmica.
(2.098*R)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
183/22
Montevideo, 5 de Junio de 2023
VISTO: la Ley N° 18.585 de 18 de setiembre de 2009 y el Decreto N° 451/011, de 19 de diciembre de 2011;
RESULTANDO: I) que el artículo 9 de la Ley N° 18.585 y el artículo 16 del Decreto N° 451/011 encomendaron al Ministerio de Industria, Energía y Minería determinar las normativas exigibles y aplicables para el equipamiento, en lo referente a su calidad, seguridad y eficiencia;
II) que el artículo 2 del Decreto N° 451/011, de 19 de diciembre de 2011 encomendó al Ministerio de Industria, Energía y Minería establecer los criterios de dimensionamiento a ser utilizados en el diseño de las instalaciones y de las posibles exoneraciones;
III) que la descarbonización verificada del sistema eléctrico permite incorporar alternativas tecnológicas actualmente disponibles como causal de exoneración a la obligatoriedad de instalación de equipamiento solar térmico;
CONSIDERANDO: que se entiende conveniente actualizar el instructivo vigente incorporando las nuevas alternativas tecnológicas;
ATENTO: a lo expuesto;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
1
Apruébanse los criterios técnicos según lo previsto en los artículos 2, 4, 5, 6, 7 y 16 del Decreto N° 451/011, de 19 de diciembre de 2011, en anexo adjunto y que forma parte integrante de la presente resolución.